16 de marzo de 2026

comida a domicilio

El Ayuntamiento de Sanse quiere invertir más de 800.000 euros en el servicio de comida a domicilio

Magazine SLV. San Sebastián de los Reyes. El objetivo es proporcionar bienestar nutricional y físico a personas que no puedan realizar la compra de los alimentos y la preparación de los mismos

El Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes quiere invertir 813.280,24 euros en el servicio de comida a domicilio. El plazo de ejecución del contrato sería para los próximos dos años, tal y como se detalla en el perfil del contratante.

Foto: alcorconhoy

Este Servicio se constituye como un recurso municipal de carácter preventivo, dirigido a proporcionar bienestar nutricional y físico a personas que no puedan o tengan dificultades a la hora de realizar la compra de los alimentos y la preparación de los mismo. Consiste en la elaboración y preparación de menús equilibrados y adaptados, en las instalaciones de la entidad adjudicataria, para su posterior entrega en los domicilios de las personas propuestas por Servicios Sociales.

FINALIDAD:

a) Potenciar la autonomía personal y la integración de las personas beneficiarias en su entorno habitual evitando, en la medida de lo posible, institucionalizaciones.
b) Garantizar unos hábitos alimenticios adecuados a las necesidades de las personas, previniendo situaciones de riesgo de malnutrición y sus consecuencias sobre la salud.
c) Evitar el deterioro de las condiciones de vida de las personas limitadas en su autonomía personal y los riesgos de accidentes en el domicilio.
d) Solventar temporalmente situaciones en las que la vivienda no reúne condiciones para la elaboración de comidas.

PERSONAS BENEFICIARIAS DEL SERVICIO:

Aquellas que estando empadronadas y residiendo en el municipio, pertenezcan a alguno
de los siguientes grupos:

a) Personas mayores de 65 años, en situación de riesgo y/o vulnerabilidad, que vivan solas, o en compañía de otras personas de similares características.
b) Personas menores de 65 años, con grado de discapacidad igual o superior al 45% o grado de dependencia reconocido, que, debido a sus limitaciones, precisen de este recurso para garantizar una adecuada alimentación.
c) Personas sin red familiar o social que a su salida de una hospitalización o como consecuencia de una enfermedad aguda u otras circunstancias eventuales, se encuentren temporalmente limitados para garantizar una adecuada alimentación.
d) Personas que se encuentren en otras situaciones de riesgo, valoradas por el/la Trabajadora Social de referencia.
e) Núcleos convivenciales en situaciones de crisis temporal motivada por muerte de alguno de los progenitores, enfermedades y hospitalizaciones temporales o diversas circunstancias que imposibiliten la adecuada alimentación de sus miembros.
f) Personas en situación de exclusión o aislamiento social y/o con escasa relación con el entorno, que no dispongan de medios materiales para la elaboración de las comidas.